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Reunión

Impuestos sobre el bitcoin en Reunión (2026)

Tipo fijo para las criptomonedasInvestigación en cursoÚltima revisión: 6 de septiembre de 2026

La guía completa de este país está en investigación

Lo que figura en esta página está verificado con las fuentes que se indican más abajo. Recoge la norma aplicable, la forma del régimen, las exenciones, la obligación de declarar y el tratamiento de las pérdidas. Pendiente de añadir cuando se haya revisado la investigación de este sitio: los tipos.

Si tiene su domicilio en Reunión, se le aplica la doctrina oficial de la administración tributaria francesa sobre las enajenaciones ocasionales de activos digitales, que nombra a La Reunion con sus propias palabras. La enajenación a título oneroso de activos digitales es un hecho imponible, salvo el intercambio entre activos digitales sin pago compensatorio. Las ganancias privadas comprendidas en el artículo 150 VH bis tributan en el impuesto sobre la renta al tipo fijo del 12,8 % más las contribuciones sociales sobre las rentas del capital a un tipo global del 17,2 %, y para un contribuyente domiciliado en Reunión que opta por la escala progresiva el impuesto resultante se reduce un 30 % dentro de los límites que fijan esas mismas disposiciones.

Datos clave

Régimen
Tipo fijo para las criptomonedas
Marco normativo
Code général des impôts, article 150 VH bis (2019)
Pérdidas
Una pérdida neta no puede compensarse con las ganancias por enajenaciones de otros activos ni trasladarse a años posteriores.
Obligación de declarar
Calcule la ganancia imponible en la declaración n.º 2086 y traslade el monto a la línea 3AN de la declaración 2042-C.

Lo que no tributa

  • El intercambio entre activos digitales sin pago compensatorio queda excluido del hecho imponible según el artículo 150 VH bis, II-A del Código General de Impuestos.
  • Están exentas las enajenaciones de activos digitales cuyos precios no superan en total EUR 305 en un año fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Se aplica en Reunión el régimen francés de los activos digitales?

Sí. La doctrina de la administración tributaria sobre el artículo 150 VH bis nombra a los contribuyentes domiciliados en La Reunion y les concede una reducción del 30 % del impuesto que resulta de la escala progresiva cuando optan por ella.

¿Tributa en Reunión el intercambio de una cripto por otra?

El intercambio entre activos digitales sin pago compensatorio queda excluido del hecho imponible según el artículo 150 VH bis, II-A.

¿Puede trasladarse a años posteriores una pérdida en cripto en Reunión?

No. La administración tributaria indica que esa pérdida no puede compensarse con las ganancias por enajenaciones de otros activos y no se traslada a años posteriores.

Fuentes

Comprar es la otra cuestión: cómo comprar bitcoin en Reunión cubre los exchanges, los medios de pago y la situación legal para los residentes.

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